¿ Qué son las subastas judiciales?
La subastas judiciales nos permiten modificar en dinero los bienes hipotecados o embargados, ofreciéndonos la posibilidad de que el deudor demandado, pueda pagar la deuda con aquella cantidad que obtenga de esta.
Las podemos encontrar en el portal de subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado a través de la página:
El sitio web nos proporciona dos posibilidades para dicha búsqueda:
La primera de ellas nos permite saber en qué provincias se encuentran las subastas en proceso de ejecución, y la segunda, a través de un formulario podremos saber los distintos estados en los que se encuentra. Como por ejemplo nos proporciona información básica como: próxima apertura, celebración, si la subasta se encuentra suspendida o cancelada, etc.
En caso de querer obtener información más detallada o participar en las subastas, la persona interesada deberá registrarse en el Portal de Subastas Electrónicas. Esto le pertimitirá consultar información específica, la posibilidad de realizar depósitos, participar como postor en las subastas, la suscripción de avisos sobre el estado de éstas, etc.
Requisitos para acceder a las subastas electrónicas.
Para iniciar el registro es necesario que el usuario seleccione la opción de “iniciar sesión/Registrarse”.
Los requisitos para el registro son:
- Se deberá disponer de un Certificado Electrónico reconocido o cualificado. ( Es necesario identificarse mediante DNI o NIE)
- También ofrece la posibilidad de acceder mediante el sistema Cl@ve (Cl@ve PIN o Cl@ve permanente. Estos certificados han de ser obtenidos de forma presencial y no mediante carta de invitación). Para más información: http://clave.gob.es
Para iniciar el registro es necesario que el usuario seleccione la opción de “iniciar sesión/Registrarse. Así el participante dispondrá de información clasificada en distintas solapas que nos indica quién es la autoridad gestora, los lotes o bienes, el acreedor, las pujas, etc.
¿Cómo acceder al portal de subastas?
Una vez finalizado el registro, el usuario está obligado a constituir un depósito para poder acceder a las pujas. Para llevar a cabo dicha actuación deberá pinchar en: “Constituir Depósito”, y seguidamente tendrá que rellenar el IBAN de la cuenta bancaria desde la que va a realizar el depósito. Si el depósito lo lleva cabo una persona apoderada será necesario añadir el NIF y nombre o razón social del titular de la cuenta.
Dicho depósito se realizará a través de la plataforma de depósitos de la AEAT.
Una vez que el depósito se ha realizado; el participante puede pujar obteniendo información sobre el valor de la mejor puja que anteriormente ha realizado y sobre la puja más alta.
No podrán realizar el depósito para pujar:
- En el marco del derecho concursal, aquellos participantes que sean considerados acreedores con privilegio especial.
- En el marco del derecho civil, aquellos participantes considerados ejecutantes.
¿Cuándo se da por finalizada una subasta electrónica?
La subasta concluirá una vez que el período de pujas finalice. De la misma manera que las subastas con lotes separados, se entenderán por finalizadas una vez se haya alcanzado el valor más alto de sus lotes. Dicha finalización generará un certificado de cierre, concluyendo las fechas importantes del proceso de la subasta. Así como los usuarios que hayan sido ganadores obtendrán también el certificado de su mejor puja.
El estado de la subasta aparecerá concluído una vez que la Autoridad Gestora así se lo indique al Portal de Subastas, y se procederá a la devolución de depósitos a aquellas perdonas que no hayan resultado ganadoras.
En el caso de necesitar información adicional sobre las subastas judiciales, puede acceder al Manual de Usuario de subastas electrónicas https://subastas.boe.es/ayuda/ManualPortalSubastas.pdf o también puede consultar la página de Preguntas Frecuentes en: https://subastas.boe.es/ayuda.php